junio 17, 2025
INvestigación e Inteligencia

El Pleno de la Cámara de Diputados conoció para trámite de declaratoria de publicidad tres dictámenes en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales, Sistema Nacional de Seguridad Pública y Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia, los cuales derivan de iniciativas presentadas por la presidenta de la República.

El primer dictamen, emitido por la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, expide las leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y reforma disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Su finalidad es armonizar la legislación secundaria en materia de transparencia y protección de datos personales con los principios establecidos en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política, referentes a la tutela y garantía del ejercicio ciudadano de los derechos humanos de acceso a la información pública y protección de datos personales, asegurando mecanismos que faciliten su ejercicio más amplio, sin que ello implique gastos onerosos, duplicidades y burocracias privilegiadas.

El documento contempla los derechos ARCO, los cuales serán derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales.

En tanto, con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, se plantea homologar y maximizar las reglas, principios, bases, procedimientos y, en general, mecanismos en el ejercicio del derecho a la protección de datos personales, distribuir competencias entre la Secretaría y las autoridades garantes, fijar las bases mínimas y condiciones homogéneas que regirán el tratamiento de los datos, garantizar la observación de los principios, fomentar y difundir los datos y la cultura de protección de datos personales.

También se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, para proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.

La reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal confiere a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno la competencia para ejercer las atribuciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, así como conocer de los procedimientos relativos a su protección, verificación e imposición de sanciones.

De la Comisión de Seguridad Ciudadana se dio publicidad a dos dictámenes; uno, expide la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin de regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Obliga a todas las instituciones de seguridad pública a compartir y actualizar diariamente la información que generan en el ámbito de su competencia, así como posibilitar su interconexión con el Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en materia de Seguridad Pública.

También, operar un registro nacional de usuarios de telefonía móvil, garantizando el derecho de privacidad, regular los centros de comando y control en los tres órdenes de gobierno, encargados de las labores de recepción de reportes de emergencia y denuncias anónimas, y optimizar el funcionamiento del Consejo Nacional de Seguridad Pública y de las Conferencias Nacionales.

Además, reconocer expresamente a la Guardia Nacional como integrante del Sistema estableciendo su participación en la Conferencia Nacional de Secretarías de Seguridad Pública y en los Consejos Locales; impulsar mecanismos de coordinación de las instancias que integran el Sistema con el PJF y poderes judiciales de las entidades federativas.

De igual modo, fijar una política nacional en materia de acreditación y certificación para las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, así como la de certificación individual del personal; rediseñar el esquema de profesionalización y el servicio profesional de carrera de las instituciones policiales, a través del plan rector en la materia, y flexibilizar la organización interna del Secretariado Ejecutivo estableciendo que será en su reglamento donde se prevean los centros nacionales necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Adicionalmente, ampliar la regulación de los fondos de ayuda federal, distinguir la investigación que las instituciones policiales realicen bajo el mando y conducción del Ministerio Público de aquellas otras en las que actúan con fines distintos a la persecución de los delitos, estableciendo la obligación de estas instituciones de contar con unidades de investigación y personal debidamente certificado, y abrogar la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2009.